CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ENSEÑANZA DE IDIOMAS - FCAB
Entre LA FUNDACIÓN COLOMBO-ALEMANA DE BARRANQUILLA (FCAB), con personería jurídica reconocida mediante Resolución Número 944 del 29 de diciembre de 1995 e identificada con NIT: 802.010.203-0, representada legalmente por FELIPE HEILBRON HAASE, mayor de edad, domiciliado en Barranquilla, identificado con cédula de ciudadanía No. 8.661.065 de Barranquilla, quien para efectos del presente contrato se denominará indistintamente LA FUNDACIÓN o FCAB, por una parte y; por la otra EL ESTUDIANTE identificado como aparece al final de este documento, quienes conjuntamente se denominarán las Partes, han decidido suscribir el presente Contrato que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA - OBJETO: Por medio del presente Contrato, la FCAB se compromete a prestar el servicio de educación informal para el aprendizaje de idioma alemán al ESTUDIANTE a través de lecciones presenciales y/o virtuales con apoyo de un material didáctico. La prestación del servicio puede comprender varios cursos según la cantidad de servicios adquiridos por el ESTUDIANTE.
SEGUNDA - ALCANCE: La enseñanza del idioma se ofrecerá en cinco (5) niveles (A1, A2, B1, B2 y C1) de acuerdo al nivel de conocimiento del estudiante. Cada nivel consta de cuatro (4) módulos divididos en veintiocho (28) horas de clases.
Los estudiantes podrán optar por adquirir de la siguiente forma:
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Adquirir los servicios por niveles, (es decir prepagar un paquete de cuatro (4) módulos), los cuales serán abiertos según disponibilidad mínima de estudiantes o;
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Adquirir los servicios por módulos según su nivel de avance.
Los servicios podrán ser prestados de forma virtual con clases online y/o presencial con clases en la sede indicada por la FCAB.
TERCERA - DURACIÓN: El presente Contrato tendrá una duración igual al tiempo establecido para cada servicio adquirido (módulo o nivel) y según la frecuencia horaria escogida por el ESTUDIANTE.
La vigencia del contrato no se extenderá en caso de inasistencia del ESTUDIANTE a las clases. En caso de inasistencia injustificada superior al treinta (30%) de las clases, El ESTUDIANTE perderá el último modulo realizado y para su culminación deberá cancelarlo en su totalidad en un período diferente al inicialmente pactado.
PARÁGRAFO PRIMERO: La relación contractual entre LA FCAB y EL ESTUDIANTE iniciará a partir de la suscripción del presente Contrato y del pago correspondiente los servicios adquiridos.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Las Partes acuerdan que el inicio de cada módulo estará́ sujeto al cumplimiento del cupo mínimo establecido por la FCAB para la apertura del curso. Las Partes acuerdan que, de no cumplirse lo anterior, LA FCAB podrá́ modificar la fecha inicial hasta tanto se cumpla con la población mínima.
PARÁGRAFO TERCERO: EL ESTUDIANTE declara y acepta que la FCAB podrá reubicarlos por razones de baja población, nivel de desempeño o ausencias prolongadas que incidan en la continuidad del curso.
CUARTA - OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
A) POR PARTE DEL ESTUDIANTE: 1. Cumplir con las condiciones establecidas por la FCAB para alcanzar el nivel esperado atendiendo las exigencias del programa. 2. Elaborar las tareas asignadas en cada curso. 3. Tomar y ejecutar las medidas necesarias para nivelarse en caso de inasistencia o bajo rendimiento. 4. Informar a la FCAB sobre la imposibilidad de asistir a clases o cambiar el horario de las mismas, mediante aviso previo al docente encargado, so pena de que se tome su falta como inasistencia. 5. Cumplir los horarios establecidos y asistir mínimo al setenta y un porciento (71%) de las lecciones presenciales y/o virtuales comprendidas dentro del curso adquirido. 6. El ESTUDIANTE se obliga a cumplir con el pago de la totalidad del valor del curso en el plazo establecido por la FCAB. 8. Utilizar las herramientas tecnológicas suministradas por la FCAB, tales como correo electrónico y plataforma TEAMS durante la realización del curso.
b) POR PARTE DE LA FCAB: 1. Entregar al ESTUDIANTE el material didáctico a aquellos que lo hayan adquirido. 2. Expedir el correspondiente Certificado de Asistencia a aquellos estudiantes que asistan como mínimo al setenta y un porciento (71%) de las lecciones presenciales y/o virtuales. 3. Brindar asistencia a los estudiantes respecto de las clases y su programación. 4. Reubicar a los estudiantes que soliciten congelación de los servicios adquiridos por justa causa. Esta reubicación se realizará de según la disponibilidad de cursos establecida por la FCAB.
QUINTA - DERECHOS DE LAS PARTES:
A) ESTUDIANTE: 1. Recibir asistencia por parte de los profesores y personal adminsitrativo respecto del desarrollo del curso de idiomas. 2. Recibir las lecciones, sin exceder ocho (8) lecciones por nivel. 3. Solicitar los reportes de progreso al finalizar cada curso. 4. Recibir un certificado de asistencia y satisfactoria culminación del módulo(s) y/o nivel(s) cursados, solicitándolos al correo electrónico: Servicios@fundcolomboalemanabaq.org. 5. Solicitar la congelación de los servicios siempre y cuando no haya transcurrido más del treinta por ciento (30%) del curso y estará sujeta en todos los casos a la aprobación previa de la FCAB. La solicitud deberá ser realizada al correo electrónico: Servicios@fundcolomboalemanabaq.org.
B) LA FCAB: 1. Recibir oportunamente el pago respecto al precio pactado. 2. Cerrar o fusionar cursos que no cuenten con la población mínima de alumnos establecida por LA FCAB, otorgando en todo caso a los estudiantes de estos grupos diferentes alternativas de horarios. 3. Suspender las lecciones adquiridas en el presente Contrato, cuando el ESTUDIANTE se haya constuido en mora a para pagar sus obligaciones establecidas por las Partes al momento de la adquisición de la prestación del servicio. 4. LA FCAB podrá cambiar a los docentes de los cursos por disponibilidad o conveniencia sin que esto suponga incumplimiento del contrato.
SEXTA - VALOR DEL CONTRATO: El valor total del servicio, incluido inscripción y lecciones virtuales y/o presenciales, será el indicado en la parte inferior del contrato.
PARÁGRAFO PRIMERO: El valor de este servicio no será reembolsado en ningún caso. En caso que LOS ESTUDIANTES que no asistan de forma injustificada al treinta por ciento (30%) de las clases pierden la posibilidad de adquirir el certificado de cumplimiento y pierden la posibilidad de ser promovidos al siguiente Nivel
En caso que EL ESTUDIANTE no desee continuar con los servicios adquiridos podrá cederlo a un tercero, previa autorización de la FCAB a otra persona en un periodo no mayor a treinta (30) días a partir de la notificación de su intención de no continuar con el servicio. Esta notificación deberá ser realizada al correo Servicios@fundcolomboalemanabaq.org.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El pago de LOS ESTUDIANTES que por circunstancias previamente notificadas a la FCAB no puedan continuar con el curso antes de que se dictaran el treinta por ciento (30%) de las clases, será congelado para otro período en que el estudiante pueda retomar el nivel. En todo caso, la repetición del nivel estará sujeta a la consecución de la población mínima para el curso de acuerdo a lo requerido por la FCAB. Si el ESTUDIANTE envía la notificación una vez el curso haya avanzado más del treinta por ciento de las clases (30%), EL ESTUDIANTE perderá el derecho a la repetición del nivel.
PARÁGRAFO TERCERO: Las Partes reconocen y aceptan que LA FCAB presta al ESTUDIANTE un servicio de educación informal para la enseñanza del idioma alemán, por medio de lecciones presenciales y/o virtuales basadas en su lista de precios. LA FCAB ofrecerá por un valor adicional los libros de texto y material didáctico para los estudiantes que deseen adquirirlo.
SÉPTIMA- MODALIDADES DE PAGO: EL ESTUDIANTE deberá pagar los servicios contratados de CONTADO Y ANTICIPADO DEL 100%: Bajo esta modalidad, el ESTUDIANTE paga el cien por ciento (100%) del valor estipulado en la parte inferior del contrato en un solo contado y de manera anticipada el día en el que se realiza la venta y que posteriormente se formaliza con la forma del presente Contrato.
OCTAVA - INASISTENCIA A LAS LECCIONES PRESENCIALES y/o VIRTUALES: Considerando que, una vez suscrito el presente Contrato, LA FCAB incurre en gastos requeridos para poner a disposición del ESTUDIANTE la infraestructura y los recursos físicos y humanos necesarios para el inicio del Curso, el ESTUDIANTE se obliga a asistir a dichas lecciones durante todo el período que se hubiere estipulado en el presente Contrato. No obstante, lo anterior, en caso de que el ESTUDIANTE falte sin justa causa al treinta por ciento (30%) de las clases presenciales o virtuales según la modalidad del curso, el ESTUDIANTE perderá el derecho a continuar con los servicios adquiridos.
Los ESTUDIANTES que tienen ausencias justificadas y decidan reasumir las clases con posterioridad, deberán someterse a un examen de clasificación y, dependiendo de los resultados de este, tomar las clases de nivelación que sean requeridas por la FCAB.
NOVENA - CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO: A. POR PARTE DE LA FCAB: 1. Cuando LA FCAB evidencie que el ESTUDIANTE no se adapta a la metodología de la FCAB, lo cual será́ corroborado por los reportes de progreso al finalizar cada curso y los informes que sobre el desempeño del ESTUDIANTE emitan los instructores. 2. Cuando se evidencie indebido comportamiento por parte del ESTUDIANTE hacia LA FCAB o alguno de sus trabajadores o demás estudiantes. 3. Por el incumplimiento de alguna de las obligaciones del ESTUDIANTE hacia la FCAB. B. EL ESTUDIANTE: 1. Podrá dar por terminado el Contrato de forma unilateral el presente contrato sin derecho a reembolso 2. Por incumplimiento de las obligaciones por parte de LA FCAB.
DÉCIMA - FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO: Las partes manifiestan que entenderán por Fuerza Mayor o Caso Fortuito, todo evento que es imprevisible e irresistible que impida la ejecución de este Contrato, tales como: incapacidades permanentes, desastres naturales, incendios, actos terroristas o muerte. Una vez ocurrida la circunstancia de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, la parte afectada deberá comunicarlo por escrita a la otra dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a su ocurrencia. Si las partes acuerdan la existencia de la Fuerza Mayor o Caso Fortuito, acordarán el término de la suspensión o la terminación del Contrato. Al cesar las circunstancias que determinaron la Fuerza Mayor o el Caso Fortuito, la parte afectada comunicará el hecho a la otra de manera inmediata y se reanudará la ejecución de las obligaciones suspendidas. De no superarse la Fuerza Mayor o el Caso Fortuito el presente Contrato se dará por terminado.
DECIMA PRIMERA - TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: EL ESTUDIANTE otorga autorización previa, expresa e informada a LA FCAB para el tratamiento de sus datos personales contenidos en este Contrato y en sus Anexos, para que sean utilizados por LA FCAB de conformidad con las polítícas y procedimientos para el manejo de datos personales de LA FCAB y con lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y sus Decretos Reglamentarios. Los datos personales del ESTUDIANTE serán objeto del siguiente tratamiento: recolección, almacenamiento, actualización, facturación, monitoreo de las lecciones, copia de seguridad en el CCTV (Circuito Cerrado de Televisión) dentro de las sedes de LA FCAB y envío de la información de contacto a la empresa de logística contratada por la INSTITUCIÓN para el agendamiento y entrega personalizada del material de estudio. El Responsable y Encargado del Tratamiento de los datos personales será́ LA FCAB COLOMBO ALEMANA DE BARRANQUILLA.
DÉCIMA SEGUNDA - TÍTULO EJECUTIVO: Las Partes declaran que las obligaciones surgidas de este Contrato prestan mérito ejecutivo y, en todo caso, se pueden ejecutar sin que medien requerimientos para constitución en mora a los cuales las partes renuncian expresamente.